La Frase
"Sentir el cariño de las personas que valoran y reconocen la gestión que estamos realizando me reconforta para seguir avanzando en el trabajo"
Luis H. Rodríguez, durante el programa Alcalde Amigo.
Cifras
Recursos por 2.150 millones de pesos serán ejecutados en los próximos 11 meses. Este dinero hace parte de la convocatoria de Colciencias y el Ministerio de las TIC en el marco del programa Vive Digital Regional.
Indicadores Economicos
| Reseña Histórica |
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Se considera oportuno anotar que el ADMINISTRAR comprende una serie de funciones como son planear, ejecutar, dirigir y controlar que compendian todo un proceso y deben ser desarrolladas por diversos estamentos, haciendo así posible que ninguna de las instituciones básicas que hoy rigen la Municipalidad se vea socavada, entrando quizás con mayor interés al estudio de la ORGANIZACIÓN de estas funciones lo cual haría posible que todos los recursos tanto humanos como económicos fuesen utilizados a plenitud. La Administración Municipal en cabeza del señor Alcalde, Dr. Luis H. Rodriguez deposita en sus Servidores Públicos la confianza para generar la Cultura del Servicio y la disposición para resolver las necesidades de todos los habitantes de la ciudad de Ibagué, basados en una actitud transparente, equitativa, íntegra y honesta. De su desempeño y gestión dependerá que se maximice y se potencialice los recursos que cuenta la Administración para que redunde en el bien común. Recuerde: sus acciones presentes impactaran en su futuro, en el de su familia y en el de toda la sociedad ibaguereña. Andrés López De Galarza debería en su encargo por el rey abrir nuevos caminos y rutas con sus tropas y caballos y emprender la expedición que debía encontrar la vía mas corta entre Santa Fe y Popayán. Fue un eficiente contador y servidor, cruzó las llanuras sin pelear, pues ponía en sus discursos gran fuerza de convicción y por medio de los interpretes que traía, decía cosas tan nuevas e importantes, que, los indios lo escuchaban con deleite y lo dejaban pasar sin hacerle daño, antes sirviéndolo y regalándolo con toda clase de frutos de sus huertos y piezas de cacería. Este capitán trato siempre con humildad y espíritu cristiano a los aborígenes cuyas tierras conquisto, fue responsable del Tesoro Real en el Nuevo Reino de Granada.La primera Real Audiencia establecida en el Nuevo Reino de Granada la Integraban los Oidores, Licenciados Beltrán de Góngora y Juan López de Galarza, además del también Licenciado Álvarez de Bolaños, como Fiscal y el Alguacil Mayor don Juan de Mendoza Arteaga. Fue el 7 de Abril de 1.550, cuando la Corona Española le hizo el formal reconocimiento. Los oidores López de Galarza y Beltrán de Góngora, sabiendo de la existencia de otras minas de oro en territorios allende al Valle de las Lanzas, acuerdan enviar dos expediciones. Pocos días después, ante la evidencia del fracaso al no hallar ninguna mina de oro y tras el hostigamiento de los caciques Titamo y Quiquima en el territorio por ellos recorrido, el Capitán Bretón y el cura Gonzáles, en cortisima charla, le insinúan, le aconsejan que haga una fundación aprovechando las buenas maneras y la hospitalidad que les ha prodigado el cacique. Al día siguiente muy por la mañana, del día 14 de Octubre de 1550, el Capitán López de Galarza, con el ritual que para estos casos acostumbran los españoles. De inmediato, el Capitán López de Galarza, hace el nombramiento de las primeras autoridades, así: Alcaldes, el Capitán Juan Bretón y Francisco Trejos; Alguacil Mayor, Pedro Gallegos; Regidores, Juan de Mendoza Arteaga, Pedro Salcedo, Domingo Cuello, Gaspar de Tavera y Miguel Oviedo y como Escribando del Cabildo, Don Francisco Iñiguez. Los actos fundacionales de ciudades, en el siglo de la conquista hispana de la AMERICA aborigen, no fueron artificios arquitectónicos sino erecciones de derechos: derecho a repartirse la energía de trabajo de los grupos aborígenes, derecho a apropiarse privadamente de las tierras y de las aguas, derecho a obtener concesiones para extraer los minerales preciosos del subsuelo, o de las arenas auríferas, y derecho a recaudar las piezas de oro y los bastimentos acumulados por los indios. El alcance de estos derechos se extendía hasta donde llegaban los términos de las jurisdicciones de los cabildos establecidos en las ciudades fundadas. Juan de Galarza, de quien emano la licencia para fundar la jurisdicción de Ibagué el 4 de agosto de 1.551, por lo cual se confirmo la fundación de la ciudad de Ibagué y se dio el derecho del cabildo de Ibagué para repartir indios y tierras, sólo restaba el deslinde de sus términos jurisdiccionales. Fue así como la loma que separaba los pueblos de Nataima y Guambaima se convirtió en el primer mojón entre las dos jurisdicciones, siguiendo en línea recta hasta el nevado, quedando las poblaciones del Tolima en poder del Cabildo Ibaguereño. El segundo se fijo en el arroyo de Ybia, que se juntaba con el de Caima (Alvarado), quedando el pueblo de Alvarado para Ibagué y el de Itandaima para Tocaima. Y el tercero fue el rió de Coello, y desde su desembocadura en el Magdalena hasta la boca del rió Saldaña, quedando el pueblo de Luisa para Ibagué.
El Cabildo establecido en la jurisdicción de la ciudad de Ibagué se titulaba
La función de justicia, el corazón del poderío del Cabildo de Ibagué, era la piedra de toque de su jurisdicción, expresada en sus atribuciones para resolver las causas civiles y criminales entabladas por los vecinos, para prestar su colaboración a los jueces de otras ciudades en las diligencias de captura de reos prófugos, para reprimir el abigeato y desterrar a los desocupados y maleantes, para dirimir las causas de partición de bienes de difuntos y para amparar a los desvalidos contra la avaricia de los particulares. Dado el patronato que el estado monárquico ejercía sobre la Iglesia católica en las Indias, el Cabildo también tenia que ocuparse de la
La función de regimiento de la vida Social de la ciudad se ‘expresaba no solo, en las tareas de administración de los Los ramos fiscales mas antiguos parecen haber sido el hierro y el sello de la ciudad: el primero era la contribución que los indios debían pagar por la marca de cada uno de sus ganados de comunidad, con el hierro propio del cabildo, una exacción que termino por ser abolida por petición de los protectores de los indios. El sello del Cabildo era la marca impuesta sobre instrumentos utilizados en el mercado para pesar el maíz, calcular los volúmenes de nivel de la miel de la caña y del aceite, o para medir los géneros textiles. Cada instrumento de medición sellado pagaba dos reales, pero esta cobranza exigía una inspección permanente de los alcaldes en el mercado, no solo para controlar los fraudes en las varas de la tierra, las romanas y las medidas de fanegas y medios almudes de maíz, sino también el propio pago de los derechos de su sellado.
El rubro de los La administración de estos pocos ingresos fiscales propios del Cabildo, no parece haber sido muy eficiente, dado que los miembros del Cabildo normalmente estaban ocupados con sus propias haciendas. Alguno que otro año aparecía algún alcalde emprendedor que salía a inspeccionar el mercado, la carnicería y la cárcel, poniendo especial cuidado en la cobranza de las rentas de propio. Pero la impresión general que se tiene al leer las actas capitulares es que la fiesta anual de San Bonifacio o las fiestas reales que se organizaban con motivo de algún acontecimiento de la monarquía, tenían que sufragarse con las contribuciones voluntarias de los vecinos. El gasto público ordinario del Cabildo era el pago de los jornales del indio que periódicamente limpiaba la acequia que traía el agua corriente hasta la plaza, que en algunos años con dificultad podían pagársele. Los arrendamientos de las tierras del ejido para el pastoreo de ganado y siembras tampoco exigía mayor diligencia administrativa: los contratos podían hacerse por nueve años, renovables para cultivos, y se tasaba en un real el pastoreo anual de cada cabeza de ganado mayor. Los descuidos administrativos respecto de los ejidos propiciaron la formación de tradiciones de usufructo en algunas familias. El regimiento de la vida social se expresaba anualmente en el auto de buen gobierno que los Cabildos, recién posesionados, emitían para dar respuesta a las peticiones del procurador de la ciudad. Estos autos intentaban reglamentar diversos aspectos de la vida del vecindario, empezando por la moralidad de las operaciones comerciales del mercado local, es decir, por la tasación de los precios de las mercancías y por la vigilancia de los instrumentos de pesar y de medir. Intentando amparar a los consumidores de los especuladores que se atravesaban entre los campesinos que traían los bastimentos y el corto vecindario, el cabildo fijaba los precios en un arancel que aspiraba a moralizar las transacciones con una tasa de utilidad adecuada. El Cabildo prohibió permanentemente los comportamientos sociales que auspiciaban desordenes, tales como el porte de armas en la cabecera de la ciudad, la organización de juegos de azar o de bundes y danzas escandalozas , la vagancia de quienes se rebusaban a trabajar con los hacendados, el sacrificio de ganado sin la guía correspondiente, apoyando al cura párroco en sus funciones, la celebración de la Semana Santa, y fiestas de San Bonifacio o del Corpus Christi y reducir la ilegitimidad de los nacimientos. En 1733 el cabildo levanto un inventario del consumo semanal, conociendo asi que 21 familias compraban una arroba, 18 media arroba y solo 6 entre arroba y media y tres, para un total semanal de 42 y media arrobas, este debió proceder entonces al reparto de semanas de abasto entre todos los criadores, amenazando con multas a quienes se negaran a traer a la carnicería las cinco reses que se sacrificaban los sábados.
Los Los oficios en el cabildo de Ibagué se dividen en dos categorías: aquellos que eran de libre nominación anual en el seno del propio Cabildo y los que podían ser comprados en remate y pagados a la Real Hacienda. Los funcionarios de republica, libremente nominados durante el siglo XVIII eran los dos alcaldes Ordinarios, los dos alcaldes de la Santa Hermandad, los alcaldes para cada uno de los partidos en que se dividía la jurisdicción, y el procurador general. Durante algunos años fueron ejercidos los oficios de Mayordomo de la ciudad y de padre de menores. Los empleos comprados que alguna vez existieron en la ciudad fueron los de Alférez Real, Alguacil Mayor, Alcalde Provincial de la Santa Hermandad, Teniente de Corregidor, Depositario General, Fiel Ejecutor y Escribano. LOS DOS ALCALDES ORDINARIOS Diferenciados por las denominaciones de primero y segundo voto, fueron escogidos y confirmados por la Real Audiencia de la nómina de idóneos enviada por el propio Cabildo, hasta el año de 1.736. El primer año se abría el despacho del corregidor para conocer el nombre de los electos, los cuales debían posesionarse en sus empleos de inmediato, con las formalidades de rigor: juramento para desempeñar bien sus funciones, recibo de la vara de mando y pago de la media anata. El auto de buen gobierno era la primera actuación publica de los alcaldes Ordinarios, siguiendo las peticiones presentadas por el procurador general. En adelante respondían por las peticiones del vecindario en procura de solares, registro de minas o arrendamientos de tierras de los ejidos; y supervisar la cobranza de los quintos del cobre, así como los quintos del oro, a practicar los inventarios, avaluos y distribución de los bienes de difuntos, custodiar el archivo del Cabildo y a colaborar con otros jueces en la captura de reos prófugos. LOS DOS ALCALDES DE LA SANTA HERMANDAD Se escogían entre los hacendados de los territorios alejados de la cabecera, y su función era que no se presentara el abigeato y los delitos comunes en las Haciendas. También se encargaban de desterrar de la jurisdicción a todos los agentes del desorden social, tales como los cuatreros, los amancebados, los vagos y los rebeldes. EL PROCURADOR GENERAL DE LA CIUDAD Tenía como misión principal la de velar continuamente por el adecuado abastecimiento de agua, carne y víveres. Sus funciones se extendían a la promoción de las obras públicas, de la moralidad publica, de la instrucción de los niños, de la sanidad comunitaria y de la devoción religiosa. MAYORDOMO DE LA CIUDAD Durante El siglo XVII, existió este empleo, era el encargado de la cobranza de los derechos que los indios pagaban por la merca de sus ganados comunitarios con el hierro de la ciudad. Cuando se quito este tributo se suspendió este oficio. PADRE DE MENORES Creado en 1.733 para que fuese ejercido por don Jacinto de Buenaventura, se encargaba de la defensa de los bienes heredados por los huérfanos en contra de las ambiciones de sus tutores y de algunos alcaldes Ordinarios, al final se convirtió en una función adicional del procurador general. Finalmente en 1.806 fueron introducidos dos alcaldes de Barrio, de primera y segunda vara, por orden del Virrey del Nuevo Reino, para fortalecer las funciones de la policía urbana. ALGUACIL MAYOR Fue ejercido esporádicamente en la ciudad desde el siglo XVII y le correspondía ejecutar las órdenes de aprehensión dadas por los alcaldes. ESCRIBANO REAL Y DE CABILDO. Fue desempeñado durante el siglo XVIII, en donde los titulares lo arrendaban a La hacienda Real por periodos trianuales, durante los cuales se beneficiaban de los derechos de escribanía pública en la ciudad. Los OFICIO DE REPUBLICA, habían terminado por cristalizar su eficiencia durante el siglo XVIII, en un territorio de grandes haciendas ganaderas, los regidores electos de los primeros siglos cedieron su lugar a los regidores de oficio comprado en pública almoneda, los cuales mejoraban el estatus de los hacendados y comerciantes enriquecidos. Deseaban con toda voluntad superar los niveles locales de la autoridad pública en la dirección del nivel provincial. Esta fue la tradición que permitió al cabildo de Ibagué una participación notable en la representación de la provincia de Mariquita cuando se trato de resolver el problema de la integración de todas las provincias en la proyectada nación Neogranadina. LAS ACTUALES ADMINISTRACIONES Uno de los aspectos que han causado más controversia en relación con la Administración Municipal, ha sido desde todo punto de vista: “Su Representación Legal”, agudizándose en forma notoria a raíz de la Reforma Constitucional de 1.986 El mencionado congreso buscando una mayor operatividad conformo cuatro comisiones entre las cuales se dividieron todos aquellos temas considerados como primordiales para el estudio de los problemas que hoy aquejan nuestras sociedades seccionales, correspondiéndole la comisión primera el estudio del proyecto tendiente a la expedición de un nuevo Código de Régimen Político y Municipal que sustituya la ley 4ª de 1.913 bajo la cual se rige el actual. El tema que mas acaparo la atención fue el de la aceptación legal donde Alcaldes, Contralores, Personeros, Delegados Departamentales, Profesores Universitarios e invitados especiales expusieron sus opiniones al respecto invocándose toda clase de argumentos; se manifestaron , lo que para algunos constituyen, “Puntos de vista fundados en claros e inobjetables principios jurídicos y se expreso que, la “CAPITIS DIMINUTIO” de la Personería no obedecía a un canon arbitrario del constituyente ni del legislador, sino a una “crisis institucional que ha venido incidiendo sobre las funciones de la Personería en razón del crecimiento y de las complejidades de la Administración Publica moderna” y que por lo tanto la representación legal del Municipio debería recaer en el Alcalde. Basado esto en el numeral 7º. Del Articulo 197 de la Reforma constitucional de 1968 por el cual se faculta al consejo para ceder por medio de atribuciones extraordinarias, autorizaciones al Alcalde para celebrar Contratos, negociar empréstitos, enajenar bienes Municipales y ejercer Pro-Tempore precisas funciones de las que corresponden a los Consejos. A mediados del año de 1950 los planes de desarrollo por parte de la administración municipal se hicieron obligatorios para los municipios que aspiraban a pasar de la fase pueblerina a la de “URBE”, incitados por el ejemplo centralista de Bogota, a instancia de los estudios y proyectos hechos por LE CORBUSIER. En el año de 1965 siendo alcalde José Liborio Osorio, el municipio contrato los servicios del Instituto Geográfico Agustín Codazzi para adelantar los estudios de Plan Piloto de Desarrollo Urbano de Ibagué, sobre bases y estadísticas más actuales que permitieron proyectar la futura expansión de la ciudad. Años mas tarde, nuevos planes contratados con firmas particulares, han complementado las normas y códigos urbanos; han dado opciones al desarrollo de áreas industriales y de vivienda y vitalidad a las áreas de mayor densidad en el centro. A partir de los años cincuenta se producen muchos cambios en la fisonomía de Ibagué, derivados de acontecimientos históricos que orientan la apertura hacia verdadera modernidad, a las posibilidades de su despegue económico y por lo tanto el mejoramiento del escenario de sus actividades, que le permiten afianzar su contexto físico y prepararse para su futuro en el siglo XX. Si bien la administración Municipal ha dotado algunos sectores populares de instalaciones deportivas, han sido las Cajas de Compensación familiar las que han llevado el liderazgo recientemente en los programas de recreación. La modernización de la estructura de Ibagué, guiada por la Administración Municipal era evidente en diferentes sectores comerciales y residenciales, y la actividad de la industria de construcción mas acentuada en los sectores destinados a la producción masiva de vivienda en el oriente, a continuación de la ciudadela del Jordán. En 1990 la capital tolimense es una ciudad en plena etapa de desarrollo social y económico, animada por una nueva y dinámica clase dirigente, habitada por una comunidad altiva y sufrida, que espera lo mejor en el futuro cercano, gracias a las expectativas de desarrollo que le brindan el establecimiento de nuevas empresas, que activaran la producción y la generación de nuevos empleos. El Honorable Consejo Municipal expide el 31 de Mayo de 1990 el acuerdo numero 35, por el cual se adóptale Estatuto Urbano para la ciudad de Ibagué, que reúne, sintetiza y complementa los estudios y planes de desarrollo anteriores, determinando con mayor claridad los parámetros para el desarrollo urbanístico de la ultima década del siglo 20. Este acuerdo pretende lograr: Un adecuado y verdadero desarrollo urbano, procurando una relación armónica entre las edificaciones y los espacios libres públicos y privado; una adecuada estabilidades las obras, dentro de las condiciones especiales de la topografía. El ritmo acelerado del crecimiento de Ibagué le genero problemas considerables de transito vehicular, deterioro en la malla vial, insuficiencia de servicios públicos, marginalidad urbana, déficit habitacional, hacinamiento e inseguridad ciudadana, que las administraciones no han logrado solucionar satisfactoriamente. El estado deberá intervenir en el control del uso del suelo, ajustándolo a la función ecológica y social de la propiedad y a la función publica del Urbanismo, y la ciudad tendrá una participación democrática en las decisiones que afecten el desarrollo físico, social y económico de su territorio. Habrá por lo tanto que preparase para lograr un crecimiento mas ordenado, mejorando la infraestructura de los servicios, y brindando nuevas áreas de expansión dentro de su vocación natural, siempre hacia el oriente, escenario de sus hermosos amaneceres. Relación de Alcaldes del último siglo: 1900. José J. Herrera C. y Jesús Arango 1901. Jesús Polanco y Natalio Moncaleano 1902. Mario Rengifo y Ricardo Perdomo 1903. Secundino Navarro y Lisandro Bahamon 1904. Pablo G. Rubio y Lubin Bonilla 1905. Nemesio Torres y Jesús Arbelaez E. 1906. Jesús Arbelaez E. 1907. Jesús Arbelaez E. 1908. Nemesio Torres 1909. Félix C. reina y Álvaro A. Valenzuela 1910. Álvaro A. Valenzuela y Jesús Arango 1911. Manuel G. Torrijos y Carlos carvajal N. 1912. Carlos Carvajal N. y Vicente de la Rocha 1913. Vicente de la Rocha y Antonio García E. 1914. Manuel Guillermo Torrijos y Heriberto Amador R. 1915. José Caicedo Leiva y Clímaco Botero 1916. Antonio García E. y Clímaco Botero E. 1917. Jesús Arbelaez E. y Rafael Prado E. 1918. Jesús M. cuervo 1919. Jesús Maria Cuervo 1920. General Aurelio Valencia 1921. General Aurelio Valencia 1922. Clímaco Botero E. 1923. Gonzalo Sánchez R. 1924. Félix Jiménez. 1925. Manuel José García E. 1926. Jesús Maria García. 1927. Jesús Arango 1928. Julio Cesar Olaya 1929. Tomas O. Gutiérrez 1930. José Joaquín Calderón R. 1931. Roberto A. Sarmiento B. 1932. Ramón Vila 1933. Jorge Alberto Lozano 1934. Alfonso Bonilla Gutiérrez 1935. Abel Valenzuela 1936. Julio Ernesto Salazar Trujillo 1937. Enrique Bueno C. 1938. Julio H. Ospina 1939. Julio H. Ospina 1940. Paulo Emilio Casas 1941. Julio Ernesto Salazar Trujillo 1944. Cesáreo Rocha Castilla 1945. Luís Ayram y Luís E. Triana 1946. Alfonso Vélez Botero 1947. Alfonso Vélez Botero 1948. Alfonso Vélez Botero y Benjamín Trujillo Lara 1949. Félix A. Matinez R. y Julio Galofre Caicedo 1950. Adriano Tribin Piedrahita 1951. Hernando Arbelaez Jiménez 1952. Luís Guillermo Botero 1953. Capitán José G. Forero Delgadillo 1954. Capitán Jorge Sanabria 1955. Lisímaco Parra Bernal 1956. Ernesto Polanco Urueña 1957. Jaime Rengifo Pardo 1958. Luís H. Rodríguez 1959. Roberto Parra Bernal 1960. Luís Eduardo Vargas Rocha 1961. Jorge Guzmán Molina 1962. José Vicente González Torres 1963. José Vicente González Torres y José Liborio Osorio Gómez 1964. José Liborio Osorio Gómez 1965. Francisco Sarmiento Mejia 1966. Francisco Sarmiento Mejia 1967. Francisco J. Peñalosa Castro 1968. Armando Polanco Urueña 1969. Francisco J. Peñalosa Castro 1970. Francisco J. Peñalosa Castro 1971. Francisco J. Peñalosa Castro. 1972. Augusto Medina 1973. Augusto Vidal Perdomo 1974. Rómulo Salazar Quiñónez 1975. Hernando González Murcia 1976. Marco Fidel Suárez Niño 1977. Orlando Infante Martínez 1978. Gabriel Millán López 1979. Carlos Martínez Silva
1980. Carlos Martínez Silva 1982. Augusto Vidal Perdomo 1983. Luís Enrique Bernal 1984. Luís Enrique Bernal 1985. Bernardo Bonilla Paris 1986. Bernardo Bonilla Paris y Luís Eduardo Quintero 1987. German Huertas Combaríza y Enrique González Cuervo 1988. Armando Gutiérrez Quintero 1990. Francisco Peñaloza Castro 1992. Rubén Darío Rodríguez 1994. Álvaro Ramírez 1998. Carmen Inés Cruz 2001. Jorge Tulio Rodríguez Díaz 2004. Rubén Darío Rodríguez 2008. Jesús María Botero Gutierrez
2012. Luis H. Rodriguez |

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